Un documento que reúne tres cosas
La Tarjeta Profesional de la Construcción, la TPC, nació a raíz de la Ley 32/2006, la que regula la subcontratación en el sector de la construcción. La Fundación Laboral de la Construcción es quien la desarrolla y la emite.
En una tarjeta caben tres datos: la formación recibida en materia de prevención de riesgos laborales, la categoría profesional del trabajador y los periodos de ocupación en las empresas donde ha trabajado. No es un carné con una foto y ya está. Es un historial que se va llenando con el tiempo.
Qué gana quien la lleva
Tenerla no es solo un trámite para pasar el control de acceso. El titular tiene, entre otras cosas, derecho a la exención del periodo de prueba para trabajos de su categoría profesional, siempre que acredite haberlo cumplido ya en otra empresa. También el reconocimiento médico de vigilancia de la salud conserva validez, con el límite de un año, para el mismo puesto o actividad.
Además, puede acceder a los datos de su propio expediente y pedir certificaciones, en cualquier centro de la Fundación o a través de su web con una clave personal. Esto se lo explicamos con más calma en otro artículo, pero conviene saberlo desde el principio: la tarjeta trabaja para usted, no solo para la obra.
Qué gana la empresa
Para la empresa, la tarjeta es la forma de comprobar de un vistazo que su plantilla, la de nueva incorporación y la de las subcontratas tienen al menos la formación en prevención exigida. Existe un servicio, TPC Empresa, que permite visualizar los certificados de formación de los trabajadores que tienen la tarjeta.
La propia tarjeta lleva un código QR. Con el móvil se lee y aparecen los datos personales básicos y la formación en prevención registrada. Es lo que en la práctica agiliza el control de acceso a una obra: se enseña la tarjeta, se lee el código y queda acreditado.
Quién puede solicitarla en el metal
No hace falta ser trabajador fijo de una gran empresa. Puede pedir la tarjeta:
- Quien esté en alta, o en incapacidad temporal, prestando servicios en una empresa dentro del ámbito del Convenio General del Sector de la Construcción.
- Quien acredite al menos treinta días de alta en empresas de ese ámbito, dentro de los sesenta meses anteriores a la solicitud, aunque ya no esté trabajando allí.
- Quien esté en alta como autónomo en el régimen especial correspondiente y realice actividades del convenio.
- El profesional colegiado afiliado a una mutualidad de previsión social, si su actividad entra dentro del convenio.
- Los trabajadores cedidos por una empresa de trabajo temporal a empresas del ámbito de la construcción.
- El alumnado de formación en alternancia de familias profesionales relacionadas con la construcción, para obtener la práctica profesional.
En todos los casos hace falta, como mínimo, haber recibido la formación inicial en prevención de riesgos laborales. Ese es exactamente el curso que impartimos aquí.
Dónde encaja nuestro centro en todo esto
Nosotros no expedimos la tarjeta. Impartimos la formación presencial que la Fundación exige y entregamos el título con el que después se tramita. Es un reparto de papeles que conviene tener claro antes de llamar: el centro forma, la Fundación acredita.
Si es la primera vez que se pone con esto y no sabe si el curso que necesita es el completo de veinte horas o solo la parte específica de su oficio, puede empezar por el índice de cursos de esta web, donde están los cinco itinerarios con su duración y su precio. Si lo prefiere, llámenos al 630 29 25 16 o al 91 617 04 23, de lunes a jueves de 8 horas a 17 horas y los viernes de 8 horas a 15 horas, y lo miramos juntos.
Fuente: «Información general» de la Tarjeta Profesional de la Construcción, Fundación Laboral de la Construcción, febrero de 2026.